Empresas y poderes se inscriben con solo emplear la firma digital.

Empresas y poderes se inscriben con solo emplear la firma digital.

 

GRACIAS A AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA SID - SUNARP


La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó que desde el 10 de agosto, a nivel nacional, las empresas (MYPES) podrán constituirse empleando solo firma digital.

 

Además, bajo la misma modalidad se podrán inscribir los poderes otorgados por personas naturales, lo cual permitirá garantizar la autenticidad e integridad del parte firmado digitalmente por el notario. Esto es posible gracias a la ampliación del servicio de presentación electrónica SID – Sunarp. Así lo dispone la Resolución N° 179-2015-SUNARP/SN.

Cabe precisar que el poder es un documento público autorizado por un notario que permite a una persona nombrar a otra como su representante para que actúe en su nombre en determinados actos jurídicos.

En los considerandos de la norma se señala que la falsificación de instrumentos públicos sobre otorgamiento de poderes presentados al Registro de Personas Naturales constituye una de las modalidades más recurrentes con la que se pretende iniciar una cadena de transacciones que podrían perturbar la seguridad jurídica que otorga la Sunarp.

Por este motivo, era necesario que el servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital, actualmente disponible para el acto de constitución de empresas solo en Lima, se extienda también a los poderes otorgados por personas naturales y a nivel nacional.

Mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) se puede iniciar el procedimiento registral a través de la generación del parte notarial electrónico, con firma digital del notario y su envío a Sunarp electrónicamente y bajo estándares de seguridad. De esta forma, se eliminará el papel en el procedimiento registral, eliminando las posibilidades que ingresen poderes falsos al Registro.

Entre otros beneficios a destacar se puede mencionar la comunicación inmediata al correo electrónico del ciudadano sobre el resultado del trabajo notarial y registral y, por lo tanto el usuario ya no tendrá que desplazarse hasta una oficina de la Sunarp a realizar sus trámites registrales; significando ello un importante ahorro en costos de traslado y tiempo invertido.