Simplificación de los documentos públicos en la UE.

Simplificación de los documentos públicos en la UE.



El 9 de junio de 2016, el Parlamento Europeo aprobó  la propuesta de Reglamento sobre la promoción de la libre circulación de los ciudadanos y las empresas mediante la simplificación de las condiciones para la presentación de determinados documentos públicos expedidos por otro Estado miembro.

El texto establece normas que eximen a los documentos públicos comprendidos en su ámbito de aplicación de la legislación o trámites similares de la UE (como la "apostilla"), lo que simplifica otros trámites relativos a la aceptación transfronteriza de documentos públicos, incluyendo las normas relativas a las copias certificadas y certificados traducidos, y la introducción de la cooperación administrativa eficaz y segura basado en el Sistema de Información del Mercado interior (IMI), con el fin de garantizar la autenticidad de los documentos públicos que circulan de un Estado miembro a otro.

El texto final es el resultado de un compromiso alcanzado en diciembre del año 2015 fruto de las negociaciones entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión. Las modificaciones incluyen a los certificados de educación, certificados de discapacidad y ciertos documentos públicos relacionados con la empresa dentro del ámbito de la regulación.

El texto será aplicable en dos años y medio, el tiempo que se necesita para poner en práctica las diversas formas multilingües y hacer que el sistema informático de la cooperación administrativa sea operativa. 

Los documentos públicos afectados por el reglamento son aquellos cuyo principal objetivo sea acreditar alguno de los siguientes hechos: el nacimiento, el que una persona está viva, la defunción, el nombre, el matrimonio (incluidos la capacidad para contraer matrimonio y el estado civil), el divorcio, la separación judicial, la anulación matrimonial, la unión de hecho registrada (incluidas la capacidad para inscribirse como miembro de una unión de hecho y la condición de miembro de una unión de hecho registrada), la cancelación del registro de una unión de hecho, separación judicial o anulación de una unión de hecho registrada, la filiación, la adopción, el domicilio o la residencia, la nacionalidad, y los antecedentes penales.

Asimismo, se aplicará a los documentos públicos cuya presentación pueda exigirse a los ciudadanos de la Unión que residen en un Estado miembro del que no sean nacionales cuando deseen ejercer su derecho de sufragio activo o pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo o en las elecciones municipales del país de residencia.

Por último, la propuesta de Reglamento establece impresos estándar multilingües como ayuda a la traducción, que figurarán adjuntos a los documentos públicos relativos al nacimiento, a que una persona esté viva, a la defunción, al matrimonio (incluidos la capacidad para contraer matrimonio y el estado civil), a la unión de hecho registrada (incluidas la capacidad para inscribirse como miembro de una unión de hecho y la condición de miembro de una unión de hecho registrada), al domicilio o la residencia y a la ausencia de antecedentes penales.