Premio José María Moreno. Convocatoria Bienio 2007-2008.

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa que se encuentra abierta la convocatoria para participar en el Premio José María Moreno.

REQUISITOS:
Los trabajos jurídicos notariales de producción nacional deberán ser:

a) Inéditos y/o publicados entre el 1° de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008. Si la obra consta de varios tomos cuya edición no es simultánea, participará según data de publicación del último volumen.

b) Presentados en 6 ejemplares acompañados por una nota en la que deberá figurar: título del trabajo, nombre, apellido, número de documento, domicilio, teléfono y dirección electrónica del autor. Podrá optarse por firmar el trabajo con un seudónimo. En este caso, los datos del participante deberán hacerse constar en sobre cerrado que llevará escrito el seudónimo adoptado.

c) Enviados personalmente o por correo a la Secretaría del Colegio de Escribanos, sita en Av. Las Heras 1833, Piso 1°, de lunes a viernes de 9:00 a 16:00, la que en el momento otorgará cargo de recepción a través de Mesa de Entradas.

PLAZO DE ENTREGA: hasta el 31 de diciembre de 2008.
JURADO: integrado conforme al artículo 7° del Reglamento.

PREMIOS:
- 1° Premio: diploma y medalla de oro
- 2° Premio: diploma y medalla de plata
- Premios accésit que el jurado estime: diploma.

El Jurado podrá declararlos desiertos si ninguna de las obras reúne los méritos suficientes.

El Colegio se reserva el derecho de publicar los trabajos premiados en la Revista del Notariado.

EXCLUSIONES:
No podrán participar:
a) El/la escribano/a que haya obtenido el primer premio en su última edición.
b) Aquellos escribanos/as laureados/as tres veces con el premio José María Moreno.
            
REGLAMENTO DEL PREMIO JOSÉ MARÍA MORENO

Art. 1°.- El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires otorgará cada dos años el Premio José María Moreno a los mejores trabajos jurídico-notariales de producción nacional que se presenten dentro de las disposiciones de este reglamento.

Art. 2°.- El Premio quedará abierto, sin necesidad de convocatoria, el 1° de enero de cada año impar. El Consejo Directivo del Colegio se dirigirá a los escribanos de la demarcación y a los de las provincias, por intermedio de los colegios notariales respectivos, invitándolos a presentar trabajos.

Art. 3°.- Los trabajos deberán ser inéditos o publicados entre el 1° de enero de cada año impar y el 31 de diciembre del año par siguiente. En las obras de varios tomos cuya edición no fuera simultánea, se considerará como fecha para la participación la de aparición del último tomo.

Art. 4°.- Los trabajos se presentarán en la Secretaría del Colegio, en seis ejemplares, acompañados por una nota en la que deberán figurar título del trabajo, nombre, apellido, número de documento, domicilio, teléfono y dirección electrónica del autor.

    También podrá optarse por firmar el trabajo con un seudónimo. En ese caso, los datos del participante deberán hacerse constar en sobre cerrado que llevará escrito el seudónimo adoptado. Los sobres de los trabajos no premiados serán destruidos sin abrir, una vez terminado el concurso.

Art. 5°.- El plazo de admisión de los trabajos vencerá el 31 de diciembre de cada año par.

Art. 6°.- El Jurado deberá constituirse dentro de los sesenta días siguientes al vencimiento del plazo para la recepción de los trabajos. Sus miembros serán irrecusables.

    En todo momento el Consejo Directivo del Colegio podrá reemplazar a los miembros renunciantes o que por cualquier causa se hallaran imposibilitados de desempeñar la tarea encomendada.

Art. 7°.- El Jurado estará integrado por:
    a) el Presidente del Colegio de Escribanos o su reemplazante legal;
    b) dos miembros designados por el Consejo Directivo del Colegio entre profesores de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires y magistrados judiciales de los Fueros Civil y Comercial de la Nación y
    c) dos miembros que designará también el Consejo Directivo entre abogados y escribanos de la demarcación con más de quince años de antigüedad en el ejercicio de la función.

Art. 8°.- El Jurado estará presidido por el Presidente del Colegio de Escribanos y decidirá por mayoría absoluta de votos, inclusive el del Presidente, que votará una sola vez. El fallo deberá pronunciarse dentro de los ciento veinte días de constituido el Jurado y será inapelable.

Art. 9°.- Se establecen un primer premio y un segundo premio, consistentes en diploma y medalla de oro y diploma y medalla de plata, respectivamente.

    El Jurado podrá declarar desiertos dichos premios si considerase que ninguna de las obras presentadas reuniera méritos suficientes. También podrá otorgar tantos accésits como así lo estimase, que consistirán en la entrega de un diploma.

    El Colegio se reserva el derecho de publicar los trabajos distinguidos en la Revista del Notariado.

Art. 10.- No podrán participar del concurso los escribanos que hubieran obtenido el primer premio en su última edición ni aquellos que ya lo hubieran recibido en tres oportunidades.

Art. 11.- El Consejo Directivo del Colegio tiene amplias facultades para adoptar todas las disposiciones necesarias a los fines del mejor éxito de este concurso y para resolver los casos no previstos en este reglamento.

Art. 12.- La participación en el concurso implica la completa aceptación del presente reglamento.

(Aprobado por Consejo Directivo, acta 3526 del 21 de junio de 2006)