Jurisprudencia Sintetizada. Escribano público. Jurisdicción disciplinaria. Proceso iniciado durante la vigencia de la Ley 12.990.
- 15/04/2004
- Argentina
En materia de juzgamiento disciplinario de la actividad notarial, si los hechos objeto de análisis y posterior decisión, así como el proceso respectivo, se han desarrollado bajo el imperio de la ley 12.990, no cabe aplicar otra normativa, ello en virtud del principio de irretroactividad de la ley consagrado en el art. 3º del Código Civil. Fallo completo publicado en: Rev. El Derecho del 23/10/2000, pág. 5. C.N.Civ. Tribunal de Superintendencia N050390 18-09-00
* Esta es una publicación oficial preparada por la Secretaría de Jurisprudencia de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, no generando responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia. Reservados todos los derechos ®. 1999. Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.