Circular 2003-10-53.

México, D. F., a 22 de octubre de 2003 Después de un prolongado periodo de gestiones de cabildeo de aproximadamente 6 años por parte de la AMITI y otras organizaciones gremiales, finalmente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está por expedir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para la expedición de comprobantes fiscales digitales. El Decreto en comento se expide por parte del Presidente Vicente Fox en el ejercicio de sus facultades reglamentarias y tiene por objeto impulsar el uso de los medios electrónicos así como permitir la emisión de comprobantes fiscales digitales y su conservación en archivos electrónicos. Para la utilización de Facturas Electrónicas se requerirá que las mismas vengan acompañadas de un certificado de firma electrónica avanzada que deberá ser expedido por el SAT y probablemente por Prestadores de Servicios de Certificación que apruebe la propia autoridad y/o el Banco de México. Los trámites correspondientes para obtener el permiso, las reglas de operación y demás tramitología administrativa, correrán a cargo del SAT. La entrada en vigor de este Decreto constituirá un detonador muy importante para el fomento del comercio electrónico e impulsará indudablemente la utilización de herramientas que faciliten a los usuarios la implantación de aplicaciones relacionadas con el mundo del Internet. El reconocimiento por parte del SAT de la deducibilidad fiscal de los comprobantes fiscales electrónicos, vendrá a cerrar el círculo del proceso del comercio electrónico en Internet. Atentamente, Lic. Luis Vera Vallejo Secretario del Consejo Directivo AMITI, A. C.