Consultas. Cómo saber si su casa está embargada.

Si Ud. tiene una deuda impaga, un juicio inconcluso o alguna duda respecto a si su casa está embargada, la forma de saberlo es solicitar un certificado de dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción que corresponda (Capital Federal o Provincia de Buenos Aires – La Plata). 

 Una casa no se embarga mediante la presencia de un Oficial de Justicia (lo que embargan los Oficiales de Justicia son los bienes muebles). 

Los inmuebles se embargan mediante oficio judicial librado en el expediente donde le están reclamando la deuda. No es suficiente solicitar un Veraz para saber si tiene un embargo. 

El certificado de dominio tiene que ser firmado por abogado o martillero matriculado o bien solicitado en una gestoría judicial. Ante la duda respecto a su resultado, hágalo ver por su abogado. Tenga presente que hay juicios que “terminan con un embargo”, pero otros “comienzan con un embargo”, aún antes de la traba de la litis (por ej. Una ejecución de expensas, una ejecución hipotecaria, un cobro de alquileres, etc.).

Para levantar el embargo no alcanza con pagar la deuda reclamada: hay que librar otro oficio al Registro para que lo levante. Es conveniente hacerlo en forma inmediata, antes que el expediente ser archive.