Disposición N°433. Se establece la metodología de presentación de información vencida por los inscriptos en el "Registro Único y Permanente de Proveedores".

DISPOSICIÓN N° 433. DGCYC. B.O. Ciudad de Buenos Aires 17/11/04

Buenos Aires, 10 de noviembre de 2004.

Visto el Decreto N° 101/GCABA/03 (B.O.C.B.A N° 1630) y;

CONSIDERANDO:

Que, por el citado Decreto se creó el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la Dirección General de Compras y Contrataciones;

Que, mediante el Anexo I "Instructivo de Inscripción" y disposiciones complementarias, se establece la forma en que debe ser presentada la documentación pertinente para lograr la inscripción en el mismo;

Que, a los efectos de la actualización de la documentación que se encontrare vencida, se torna necesario establecer la metodología de su presentación, a fin de lograr una reducción de costos en las certificaciones de la misma por parte de los proveedores inscriptos;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 4° del Decreto N° 101/GCABA/03;

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE:

Artículo 1° - La documentación que se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente, y que el proveedor actualice en las oficinas del Registro Único y Permanente de Proveedores, podrá ser presentada en fotocopias certificadas por Escribano Público, autoridad competente (quien originariamente emite la documentación) o en su defecto presentando los originales y fotocopias simples de los mismos a fin de ser autenticadas por personal autorizado, cuya nómina se discrimina en el artículo siguiente.

Artículo 2° - Establécese que la documentación citada sólo será válida cuando se encuentre autenticada por el suscripto y por los agentes Bonaviri, Adalgisa C. de (Ficha Censal N° 220.897), Sabini, Adriana Mabel (Ficha Censal N° 245.966), Branchini, Alicia Noemí (Ficha Censal N° 302.344) y Schneider, Germán R. (Ficha Censal N° 337.220).

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase al Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que deberá comunicar a la Cámara Argentina de Comercio, Unión Argentina de Proveedores del Estado y Guía de Licitaciones. Cumplido, archívese. Rielo Erbón

ANEXO I

Documento

- Constancia de inscripción en el CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

- Constancia de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos o Convenio Multilateral.

- Solicitud de Certificado Fiscal emitido por la Dirección General de Rentas.

- Certificado Fiscal emitido por la Dirección General de Rentas.

- Solicitud de Certificado Fiscal emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

- Certificado Fiscal emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y publicación en el Boletín Oficial.

- Certificado de Deudores Alimentarios Morosos.