Disposición Técnico Registral N° 1/1998. R.P.Inmuble de Capital Federal.
- 08/01/2002
- Argentina
DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL N° 1 - 27/3/1998.-
VISTA:
la disposición técnico registra¡ N° 2 del 31 de octubre de 1991; y CONSIDERANDO:
Que la citada Disposición admitió la cancelación de hipotecas u otros gravámenes reales y el levantamiento de medidas precautorias, mediante la transcripción de las resoluciones judiciales respectivas en la escritura de protocolización de las actuaciones;
Que sin perjuicio de la naturaleza específica de la subasta pública, el procedimiento admitido, fundado en la concentración, matricidad y fe pública del acto escriturario, es susceptible de ser extendido a todos los supuestos de transmisión del dominio de los inmuebles o constitutivos de derechos reales sobre él;
Por ello, en uso de las facultades que le acuerda la ley, el director general del Registro de la Propiedad Inmueble
DISPONE:
Artículo 1° En la calificación de documentos constituidos por escrituras públicas mediante las que se transmita el dominio, condominio o propiedad horizontal de los inmuebles, o se constituyan derechos reales desmembrados, se admitirá la cancelación de hipotecas u otros gravámenes y el levantamiento de medidas precautorias, dispuestos judicialmente, mediante la transcripción de las resoluciones respectivas, con indicación del expediente, juzgado, secretaría, fuero y jurisdicción en que se dictaron.
Artículo 2° En los casos indicados en el artículo precedente deberá requerirse, por parte del notario, en la solicitud de inscripción (rubros 1 y 17), el levantamiento o la cancelación de que se trate, sin necesidad de acompañar el oficio judicial correspondiente.
Artículo 3° En el supuesto de levantamiento de medidas cautelares transcriptas en las escrituras públicas citadas en el artículo 1 °, se deberá cumplir con las normas del artículo 160 y concordantes del decreto 2080/80.
Artículo 4° - Hágase saber a los señores jefes de departamentos y demás jefes y agentes profesionales, comuníquese a la superioridad y colegios profesionales interesados, en la forma de estilo, cumplido, archívese. Dr. Isaac R. Molina.

