La función notarial juega un papel clave en la planificación y desarrollo de la sucesión comunitaria.
- 03/11/2015
- España
Así lo manifestó Rafael Catalá, ministro de Justicia, durante la inauguración de un seminario sobre el nuevo Reglamento comunitario de sucesiones transfronterizas: “La función notarial juega un papel clave en la planificación y desarrollo de la sucesión comunitaria”
El notario mayor del Reino resaltó la importancia del Notariado en el ámbito internacional, y el apoyo del ministerio de Justicia a esta profesión “que ofrece seguridad y agilidad del tráfico jurídico y protección a los ciudadanos”.
En España, jueces y notarios serán las autoridades que expedirán el certificado sucesorio europeo, documento que permite certificar la condición de heredero o legatario en cualquier país de la UE.
Para José Manuel García Collantes, presidente del CGN: “El Notariado ha de estar dispuesto a convertirse en pieza clave del espacio de justicia europeo”.
8 millones de europeos que residen fuera de su país de origen; 2,5 millones de inmuebles, propiedad de personas de otro estado; 16 millones de parejas internacionales o 450.000 sucesiones internacionales cada año por un valor de 123.000 millones cada año, son algunas cifras que revelan la trascendencia de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Sucesiones de la UE.
“El Notariado tiene cada vez mayor importancia en el ámbito internacional. El ministerio de Justicia ofrece a esta profesión su firme apoyo en aras de la seguridad y agilidad del tráfico jurídico y la protección de los ciudadanos”, manifestó el ministro de Justicia Rafael Catalá, durante la inauguración del seminario sobre sucesiones transfronterizas que ha tenido lugar esta mañana en la sede de la Comisión y el Parlamento Europeos en Madrid.
“Otra manifestación del fortalecimiento de la función notarial en materia sucesoria es el nuevo Reglamento comunitario sobre sucesiones transfronterizas, que desde su entrada en vigor el pasado 17 de agosto contribuye con paso firme hacia en la construcción del espacio único de justicia. La función notarial juega un papel clave en la planificación y desarrollo de la sucesión comunitaria”, apuntó el notario mayor del reino.
Catalá recordó que este año se celebran dos efemérides como “el 30ª aniversario del ingreso de España en la UE y el 60ª aniversario de la incorporación de nuestro país a la ONU. Dos manifestaciones de como España trabaja en un ordenamiento jurídico compartido y el vínculo europeo e internacional de nuestro país. Actualmente nos encontramos en un contexto regional en que el Derecho es europeo y que deben utilizar cotidianamente todos los operadores. Parafraseando a Jean Monnet, uno de los padres de la actual identidad comunitaria, el objetivo no es construir una Unión Europea para coaligar a los estados, sino para unir a las personas. Los ciudadanos tenemos problemas comunes, a pesar de las singularidades de las culturas jurídicas. La construcción europea es responsabilidad de todos”.
Certificado sucesorio
Una de las figuras que incorpora el nuevo reglamento de sucesiones es el certificado sucesorio, “coloquialmente denominado como ‘un pasaporte’ que hace posible acreditar la condición de heredero o legatario sin tener que tramitar ningún otro procedimiento”.
La decisión del Gobierno de encomendar a los notarios –junto a los jueces- la expedición de este documento entronca con la tradición española de resolver notarialmente las cuestiones hereditarias. La capacidad de servicio notarial ha permitido al gobierno tomar esta decisión reconociendo el valor del documento público como pieza clave –junto a la publicidad registral- de nuestro sistema de seguridad jurídica preventiva ”.
El decidido apoyo del Ejecutivo a la profesión notarial ha quedado refrendado esta última legislatura con otras medidas “para mejorar nuestro sistema de seguridad jurídica preventiva donde los notarios son protagonistas, como: la ley de Jurisdicción Voluntaria que sigue la línea de desjudicialización promovida desde el Consejo de Europa; esta ley ha atribuido a los notarios competencias exclusivas hasta ahora de los jueces en materia sucesoria como la declaración de herederos, la protocolización de testamentos, y -en régimen de alternatividad con otros operadores jurídicos- la separación o el divorcio de mutuo acuerdo. Esta ley sustantiva camina en la dirección correcta de desjudicializar.
Otras novedades como la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil que establece los requisitos del acceso al registro de los documentos públicos extranjeros o la histórica Ley de concesión de nacionalidad a los sefardíes, ambas son una muestra más de la confianza del Gobierno en los notarios”.
Otra línea de colaboración del ministerio con el Notariado será la relacionada con E-Justice, el programa de justicia electrónica comunitario. “Desde el ministerio estamos dispuestos a colaborar con los notarios para impulsar iniciativas como el registro de testamentos del CNUE, un referente de calidad, que permitirá mejorar el sistema de información de los actos de últimas voluntades”.
Por su parte, José Manuel García Collantes, presidente del Consejo General del Notariado, hizo hincapié en la relevancia del nuevo Reglamento que “está destinado a tener una trascendencia decisiva en la vida privada de los ciudadanos, ya que afecta a algo tan íntimo del individuo como planear su sucesión. Un aspecto que cada vez tiene mayor trascendencia transfronteriza ya que la libre circulación de personas ha generado un extraordinario aumento de magnitudes como: el número de europeos que vive fuera de su país de origen -8 millones-; los dos millones y medio de inmuebles que pertenecen a personas no nacidas en ese Estado; los 16 millones de parejas internacionales; y los 450.000 sucesiones internacionales que se producen cada año por un valor de 123.000 millones”.
“La complejidad de las sucesiones internacionales puede ser afectada por distintos ordenamientos nacionales. Para evitar duplicidades en los trámites sucesorios surge este reglamento que establece que la jurisdicción de los afectados provendrá de del país de residencia, siempre y cuando no opte por la de su nacionalidad. Su pieza maestra es el certificado sucesorio europeo, que permite al ciudadano acreditar en toda la UE su condición de heredero o legatario y se incorporará a la vida cotidiana de todos a los que les afecta. Será una manifestación más de la libre circulación y aceptación de actos auténticos emitidos por los estados de la UE”, apuntó el presidente de los notarios españolas.
Por último Collantes valoró muy positivamente el hecho de que el Certificado sea expedido por los notarios. “Supone un gran honor y responsabilidad para el Notariado, que garantizará la voluntad sucesoria de españoles y de los 5 millones de extranjeros residentes en España, de los que más de la mitad son comunitarios. Este reglamento es una norma de una gran complejidad técnica por lo que el CGN ha desarrollado una ingente labor de estudio, como prueba este seminario. El Notariado ha de estar dispuesto a convertirse en pieza clave en el espacio de justicia europeo”.
Acerca del seminario
El seminario sobre la “Jurisdicción, competencia y aplicación del Reglamento de sucesiones transfronterizas” ha tenido lugar hoy la sede de la Comisión y el Parlamento Europeo en Madrid. Este foro se enmarca dentro de un proyecto financiado por el programa de Justicia Civil de la UE y ha sido organizado por el Notariado en colaboración con otras instituciones.
Catedráticos, profesores universitarios y notarios, españoles y europeos, han abordado en mesas redondas y ponencias los aspectos básicos del nuevo reglamento de sucesiones transfronterizas, como La residencia habitual del causante y los vínculos más estrechos como criterios de conexión; Los criterios de determinación de la jurisdicción; La competencia de notario; El reconocimiento de sentencias; La aplicación en España como Estado Plurilegislativo, y La disposición de la propiedad mortis causa. Por la tarde se celebrará un intercambio de buenas prácticas.
Como de todos es sabido, el pasado mes de agosto entró en vigor el Reglamento (UE) 650/2012 sobre las sucesiones internacionales. Desde su entrada en vigor la ley de la residencia habitual del difunto se aplica a toda la sucesión. No obstante, se deja al ciudadano la opción de elegir la ley de su nacionalidad. Dicho Reglamento contempla la creación de un certificado sucesorio europeo (CSE), que en España corresponde realizar a los jueces y notarios.