La XXVIII Jornada Notarial Argentina será en Santa Fe.

2007 Rosario, Santa Fe
El evento tendrá lugar en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, los días 20, 21 y 22 de setiembre de 2007.

TEMA I: Bienes gananciales. Dominio desmembrado. Usufructo

Bienes gananciales. Dominio desmembrado. Operaciones prohibidas entre cónyuges. Usufructo: desmembración de la propiedad (Art. 2807 C.C. y nota). Diferencia entre constitución y reserva. Constitución: Validez (Art. 2830 C.C.); prohibición entre marido y mujer (Art. 1358 C.C.). Reserva: Transferencia de la nuda propiedad de bien ganancial de titularidad de uno de los cónyuges: ¿quién puede o debe reservarse el usufructo? A) ¿Sólo el cónyuge titular conforme doctrina y jurisprudencia (Art. 1218, 1219, 1358, 1807 y 2831 C.C.?) o B) Ambos cónyuges para no afectar la ganancialidad del derecho real de usufructo del no titular. Asentir la reserva sólo para el titular, indirectamente, ¿no estaría infringiendo la prohibición de contratar entre cónyuges, al desmembrar la propiedad sobre lo que era ganancial?, ¿deja de tener derecho? (Art. 2830 y 1358 C.C.), por ser el usufructo un derecho real, pero también por su naturaleza una propiedad puramente personal e intransferible por herencia. C) La sociedad conyugal. Si los bienes gananciales establecidos por el Art. 1276 C.C. no pertenecen en exclusividad a ninguno de los cónyuges, sino a la sociedad conyugal. Consecuencias de cada propuesta: extinción por muerte y por disolución de la sociedad conyugal (Art. 2920 y 2822 C.C.)

Coordinador escribano León Hirsch
Avda. Corrientes 1250 – 11 – “D”
1043 - Ciudad de Buenos Aires
Tel: 011 4382-5510 E-Mail: [email protected]

TEMA II: Dignificación de la retribución del notario. Su adecuación al contexto social y económico de las operaciones

a) Derecho comparado: Distintas legislaciones, locales, nacionales y extranjeras.
b) Naturaleza jurídica de la retribución.
c) Regulación o Desregulación. Orden Público del arancel.
d) Relación entre la retribución por la tarea realizada y la dignidad en el ejercicio de la función notarial.
e) Retribuciones impuestas por las entidades financieras – Convenios entre los Colegios Notariales y los Bancos.
f) Análisis de las distintas realidades geográficas.
g) Adecuación del arancel a las operaciones relativas a la vivienda social y a planes de fomento de la actividad industrial o de la construcción.
h) Sujeto pasivo obligado al pago del arancel. Equidad en la distribución. Usos y costumbres en cada región relativa a esta última.
i) Controles del cumplimiento efectivo de las normas vigentes.

Coordinador escribana Zulma A. Dodda
Estrada 501 Pergamino – Buenos Aires
Tel./fax: 02477 – 437288 / 437229 / 428613
E-mail: [email protected]

TEMA III: Declaratoria de herederos. Comunidad hereditaria. Partición

1.- Declaratoria de Herederos:
a) Efectos de su inscripción.
b) Oportunidad de la cesión de acciones y derechos hereditarios.
c) Venta de partes indivisas por tracto abreviado (artículo 16 Ley 17.801). Oportunidad y obligatoriedad de la partición.
d) Legislaciones locales. Propuestas de modificaciones.

Coordinador escribano Augusto Luis Piccón.
Domicilio profesional: Ing. Olmos 87 –
5186 - Alta Gracia – Córdoba Tel./fax: 03547 – 421178
E-mail: [email protected].

2.- Intervención del notario en los procesos sucesorios:
a) Legislación actual: Particiones hereditarias en sede notarial. Análisis de los recaudos previos que deben cumplirse en el expediente. Posibilidad de que el notario equipare estos actos partitivos a la partición por divorcio.
b) Proyectos de modificación legislativa: Acta de notoriedad. Declaratoria de Herederos y Partición del acervo hereditario en sede notarial. Modificación de la ley de fondo, los códigos procesales y las normas registrales.

Coordinador escribano Gastón Augusto Zavala
Domicilio profesional: 9 de Julio 260
8360 - Choele Choel Tele-fax: (02946) 44-3289
E.mail: [email protected]

TEMA IV: El escribano frente a la pretensión punitiva del Estado

1) Allanamiento en Escribanías: el deber de resguardo y conservación de protocolos y libros de intervenciones. Procedimientos.

2) El escribano como testigo en el proceso civil y la investigación penal. Tipicidad y figuras de encuadramiento. Problemática del secreto profesional.

3) Falsedad ideológica. Notas que la caracterizan. Figuras que lindan con ella (falsedad no delictual, narración errónea, falsedad ajena, falsificación material, simulación). Efectos de la falsedad ideológica. El caso de los escribanos injustamente procesados por el delito con relación a los juicios que emiten.

Coordinador escribana Graciela Pelosso
Saavedra 979 2600 – Venado Tuerto – Santa Fe
Tels.: 03462-424191 / 439205 / 433161
E-mail: [email protected]

Pautas y plazo para la presentación de los trabajos.

- Los trabajos deberán remitirse hasta el día 15 de junio de 2007 al Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe (2da. Circunscripción), Córdoba 1852 – 2000 – Rosario – Santa Fe.

- Los trabajos deberán presentarse en papel tamaño A4 (un original y una copia) y un CD en versión Word, con su respectiva etiqueta identificatoria (autor y título).

- Toda ponencia deberá estar precedida con los datos relativos a su autor, comisión en que se presenta y título. Los trabajos no podrán tener una extensión superior a treinta carillas, con doble interlineado, con un total de 30 renglones por carilla como máximo y tamaño de letra 12. La ponencia o conclusión deberá preceder al trabajo y ser formulada en no más de dos carillas.  

- La presentación de los trabajos importa la autorización irrevocable a favor de los organizadores de las Jornadas y del Consejo Federal del Notariado Argentino, para la publicación de los mismos y la correspondiente renuncia a los derechos de autor.

- Los trabajos que no se presenten en las condiciones y fecha indicada no serán editados por cuenta de la organización de las jornadas, quedando su tratamiento sujeto a la decisión de los organizadores de las Jornadas.