Se aprobó en Río Negro la Firma Digital.

Fue aprobado por la Legislatura provincial –en segunda vuelta-, el Proyecto de Ley que establece la utilización de la firma digital en la provincia de Río Negro.

El legislador Ricardo Spoturno del Bloque Concertación para el Desarrollo es el autor de la norma que adhiere a la Ley Nacional Nº 25.506, facultando al Sr. Gobernador para que nombre la Autoridad de Aplicación y estableciendo que el Poder Ejecutivo Provincial deberá reglamentarla en un plazo no mayor a los 180 días de haber sido promulgada.

Spoturno al referirse a la iniciativa expresó que “el gobierno de la provincia de Río Negro ha abierto las puertas al sistema electrónico, con la sanción de esta Ley”.

“La despapelización en la administración pública, deja de ser teoría para ser algo práctico, se abren todos los caminos para reformular los sistemas de comunicación, los sistemas de intercambio de información, los vínculos entre las distintas reparticiones descentralizadas del gobierno, municipios y su relación con el gobierno, entes estatales descentralizados y autárquicos dentro de la administración pública”.

Luego el parlamentario se refirió también al ámbito privado calificando que “este es el paso insoslayable para incorporar el comercio electrónico en Río Negro y cuando decimos comercio electrónico no debemos confundir lo que es la compra y venta de artículos por internet con la compra o venta con valor notarial. Esto significa que ahora una persona puede comprar a la distancia un terreno, una casa, un departamento y viceversa –puede venderlo también-, es una ley de avanzada.

A diferencia de otras provincias argentinas que poseen una norma de estas característica, en nuestro caso se le incorporaron dos elementos distintivos que ponen a Río Negro a la vanguardia: el primero de ellos es que se invoca  la ley de privacidad en cuanto a la información de las personas, esto significa que no se admitirá la puesta en marcha de la ley de firma digital nada que atente contra la violación de la intimidad de las personas. Y lo más novedoso de todo es que en el último artículo se incorpora una restricción que hará nula cualquier disposición que discrimine.

Operación

Como se trata de adelantos tecnológicos de última generación, puede pasar que personas con algún tipo de discapacidad queden fuera de la posibilidad de operar con firma digital, es imposible, inviable, no se aceptará ninguna disposición, quiere decir que en la provincia de Río Negro no solo se está legislando para el futuro sino pensando en que aquella legislación a futuro siempre sea inclusiva.

Finalmente Spoturno destacó que “en nuestra provincia, la justicia ya venía operando informalmente con firma digital, pero al no tener este marco normativo, estaban acotadas las funciones que podía realizar, ahora no solo podrá explotar la firma digital en su máxima dimensión sino que ahora puede comenzar a trabajar en la reformulación de muchos sistemas de comunicación que es lo que hace a la ejecutividad de la Ley”.