Se invita al XIII Congreso Notarial Paraguayo.
- 05/08/2007
- Paraguay
Los días 13, 14 y 15 de Setiembre del corriente en Ciudad del Este.
Sede del Congreso: "Florida" Centro de Eventos.
El tema I será: "LA FUNCION NOTARIAL Y LA INFORMATICA JURIDICA". Algunas de las pautas de presentacion de los trabajos son:
a) Podran participar: 1. notarios paraguayos, 2. notarios extranjeros, 3. docentes universitarios de derecho notarial y registral, 4. quienes ejerzan profesionas afines con los temas a tratar.
b) Cada participante podra presentar solamente un trabajo, ya sea en forma individual o grupal. c) Requisitos formales: 10-30 paginas, tamaño oficio,a una carilla, por lo menos 25 renglones; sin contar indice ni bibliografia, debiendo tener conclusion y ponencia. Se consginaran fuentes bibliograficas, inidcacion del autor, editorial y año de edicion. Las citas no podran abarcar mas del 25%, contener un inidice general.
d) Deberan presentarse en 4 copias impresas y 1 en formato digital (word) identificadas con el nombre de los autores y aclaracion de si participaran o no del concurso.
e) Puntuacion: 0-50. 15 puntos a la estructura formal y 35 al fondo o contenido.
f) Premios: Al ganador de cada tema: Gs. 2.000.000, b) Al segundo de cada tema: Gs. 1.000.000.
g) Todos los trabajos seran expuestos en forma resumida por sus autores en el Congreso.
h) El jurado dara a conocer su veredicto en el plenario de clausura.
i) El CEP quedara como depositario de todo el material presentado y que resultare del Congreso, podra revisarlo, compilarlo, publicarlo, distribuirlo y utilizarlo con los fines que estime convenientes.
j) La presentacion de un trabajo implica la aceptacion del reglamento.
TEMA I. LA FUNCIÓN NOTARIAL Y LA INFORMÁTICA JURÍDICA.
a) El papel del notario como oficial público en las comunicaciones con los Registros Públicos y con la Administración en general.
b) Documento electrónico: Público y Privado.
c) Autoridad Certificante Notarial. La política de certificación de la firma electrónica notarial de los países miembros de la UINL.
Integrar la tecnología en el ejercicio de la profesión notarial con los principios jurídicos del sistema latino de seguridad preventiva, son los retos que el notario del siglo XXI debe afrontar.
Citando a Fernando Gomá Lanzon, Secretario del Observatorio del Notariado para la Sociedad de la Información en España; se dijo que el notariado ni tenía ni podía tener un cometido relevante, por ser una profesión anclada en el pasado, rodeada de viejos tomos encuadernados de Protocolo, e incapaz de ofertar agilidad, eficiencia y adaptabilidad que la sociedad tecnológica se disponía a demandar de todos sus operadores. No solamente no podría asumir nuevas funciones, sino que incluso las que había venido ejercitando serian ventajosamente prestados por empresas privadas. Sin embargo, los notarios son juristas prácticos especialistas en ofrecer soluciones eficaces a los problemas reales del momento, y por ello, capaces de enfrentarse a nuevos retos.
Por lo tanto, el objeto de estudio del Tema I es, analizar con referencia a la profesión notarial, las características y medios así como la aptitud del Notariado para adaptarse y continuar brindando sus servicios a la Sociedad de la Información. Demostrar que en la Sociedad de la Información las personas pueden seguir contando con la seguridad y la garantía documental brindada tradicionalmente por el Notariado.
La función notarial puede incidir en la valoración de los documentos electrónicos como medios de pruebas, dotándolos de mayor autenticidad y confiabilidad. El notario, en el ejercicio de su función, puede realizar aportes significativos para la seguridad del documento informático y de su transmisión a distancia.
Entre las incumbencias tradicionales del notario esta la autenticación. Éste puede cooperar a otorgar la seguridad jurídica necesaria en conjunto a la seguridad otorgada por la técnica, en la certificación de claves de la firma digital. Dicha seguridad jurídica abarca tanto la autoría, como la capacidad, el asesoramiento, control de legalidad, legitimación, autenticidad, integridad, confidencialidad, conservación y registro.
El notario puede intervenir como certificador de claves; autenticante del acto, especialmente con la Administración Publica; registrante de actos electrónicos cumplidos en su presencia, como la creación de claves y; fungir nuevas aplicaciones como: archivo y conservación del documento electrónico, conservación de las llaves, autoridad de sellado temporal, autoridad de registro, ventanilla electrónica, certificador internacional, entre otras.
Y finalmente, recalcar la dura advertencia que hace el informe de la Comisión de Informática y Seguridad Jurídica de la U.I.N.L., “Si el notario no se involucra y no participa activamente en este ámbito corre el riesgo de ser considerado incompetente en la materia y dejado de lado en el curso de la futura evolución”. Recordar que las nuevas tecnologías no representan mas que un cambio de instrumento de comunicación, no hay que olvidar que son medios al servicio de las personas. Y asegurar que el notariado puede y debe aportar seguridad en las nuevas tecnologías.
Sub-temas:
a) El papel del notario como oficial público en las comunicaciones con los Registros Públicos y con la Administración en general: Sistemas de acceso simultáneo a todas las oficinas involucradas con la actividad notarial y registral: registros públicos, Catastros, Municipalidades, etc.; creación de redes internas (interconexión e interconectividad). Aportes del Programa Umbral y P.R.O.C.A.R., estado actual de los mismos. Disminución de la brecha digital y analfabetismo tecnológico: acercamiento de los notarios a la nueva tecnología y conciencia de nuevos roles y conductas a asumir. Infraestructura necesaria y existente.
b) El documento informático. Enfocar desde la óptica notarial, el tema del documento informático, la importancia de la clasificación en públicos y privados. Noción; naturaleza; características; admisibilidad y valor probatorio, carga de la prueba; ejecutividad; conservación. El mensaje de datos como documento; el problema del original; autenticación del documento electrónico en formato papel; certificaciones electrónicas cruzadas; la apostilla electrónica.
c) Autoridad Certificante: Las Entidades certificadoras tiene la intención de fijar líneas directrices sobre las “medidas de seguridad que deben tomarse en relación con la firma electrónica, la forma de producir dicha firma, el control y la responsabilidad de la autoridad certificante (notarial), las condiciones o requisitos impuestos a los certificados, el tipo de firma electrónica con un alto nivel de seguridad, la revocación y la suspensión de los certificados, así como la consulta de los certificados expedidos por la autoridad (notarial) [y] la lista de los certificados revocados. El notario como tercero de confianza por excelencia. Aporte de su experiencia histórica y los niveles de seguridad y confianza que otorga su intervención en el trafico jurídico.
Investigar:
─ Situación de la Legislación nacional. Existencia de anteproyectos.
─ Importancia de la reforma a nivel nacional;
─ Situación mundial; tendencias.
BIBLIOGRAFÍA:
• Revista Escritura Publica. Nº3. El Notario en la sociedad de la Información.
• El notariado en la Era de la Tecnología. Julia Siri García.
• Memorias del Cincuentenario 1948-1998 UINL. Buenos Aires-Argentina.
• Revista Internacional Notarial Nº108. Capitulo II. Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información. Ginebra-Túnez 2005.
• Ley de firma digital (Argentina) Revista Internacional Notarial Nº103, pagina 164.4.1.-
• Trabajos (Tema II) de la XII Jornada Notarial Iberoamericana. Punta del Este, año 2006.
• Derecho Informático. Rosa Elena Di Martino. 2da. Edición Actualizada.
• Edición Especial DERECHO Y TECNOLOGÍA. La Ley. Año 2005.-
• Comunidad de Derecho Informático www.alfa-redi.org
• Comisión Nacional de la Sociedad de la Información www.socinfo.org.py
• Anteproyecto de ley de firma digital para Contrataciones Publicas www.contratacionesparaguay.gov.py
• PROYECTO UMBRAL www.contratacionesparaguay.gov.py/umbral/
• PROYECTO PROCAR www.webdesign.com.py/pj/procar_proyecto.asp
• UNIÓN INTERNACIONAL DEL NOTARIADO LATINO www.uinl.org
• www.notariadointernacional-uinl.org
• MERCOSUR/GMC EXT./RES Nº 34/06. Directrices para la celebración de acuerdos de reconocimiento mutuo de firmas electrónicas avanzadas en el ámbito del MERCOSUR.
• MERCOSUR/GMC EXT./RES. Nº 37/06. Reconocimiento de la eficacia Jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma electrónica avanzada en el ámbito del MERCOSUR.
• Firma Digital autenticada por Notarios Electrónicos. Terceros de confianza. Autoridades Certificantes. Dra. Leonor Guini. www.elnotariado.com
• ASOCIACIÓN PARAGUAYA DE DERECHO INFORMÁTICO Y TECNOLÓGICO. APADIT. www.apadit.org.py
• APUDI. Cámara Paraguaya de Informática y Telecomunicaciones- www.apudi.org.py
• CTIP. Cámara de Tecnologías de Información del Paraguay- www.ctip.org.py
• CAPADI. Cámara Paraguaya de Internet- www.capadi.org.py
• Firma Digital : www.pki.gov.ar
• Federación Iberoamericana de Derecho Informático. www.fiadi.org
• www.ecomder.com
• www.derecho-informatico.org
• www.ciberderecho.com.ar
Coordinadora por el Instituto Notarial:
Not. Natalia Enciso Benítez
Yegros 786 c / F.R. Moreno
Asunción
Tel. (021)491696
E-mail: [email protected]
Sub-Coordinadora:
Not. Carolina Lopez Brizuela
Asunción
Tel: 021-445681
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