Seminario sobre Disposiciones y estipulaciones para la propia incapacidad. Registro de Actos de Autoprotección.
- 24/04/2006
- Argentina
UNIVERSIDAD NOTARIAL ARGENTINA
Fundación del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL
COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DELEGACIÓN PERGAMINO invita para el día 10 de mayo de 2006.
TEMARIO
I) Análisis de la problemática que nos convoca. Alcance de la incumbencia notarial.
- Enfoque jurídico y bioético: incapacidad, incompetencia e inhabilidad. Artículos 900 y 140 del Código Civil.
- Incidencia de los avances tecnológicos en la prolongación de la vida. Su calidad.
- La capacidad como variable.
- Derechos que asisten a la persona ante la posibilidad de su propia inhabilidad.
- Su denominación. VIII Jornadas Notariales Iberoamericanas.
- Bien jurídicamente protegido, principios fundantes del derecho de autoprotección. Sujeto que ejerce este derecho.
- Alcance del Derecho de Autoprotección en el cuidado de la persona y/o de su patrimonio. Naturaleza jurídica de este derecho: la voluntad unilateral como fuente de derechos.
II) Normativa vigente
- Postura impeditiva. Su análisis en la legislación vigente –Código Civil y Código Procesal Civil-. Su valoración. Postura paternalista del Estado. Insuficiencia del art. 152 bis del Código Civil.
- Lo justo. El respeto de la dignidad del hombre. El derecho a la vida. La autonomía de la voluntad. El derecho de propiedad..
- El desconocimiento del carácter de persona en el incapaz.
- Recurrencia a negocios indirectos. El fideicomiso y la relación jurídica subyacente. El uso de poderes.
- Correcta interpretación armónica normativa acorde a las necesidades actuales de la comunidad: Constitución Nacional, los tratados sobre derechos humanos, las normas del Código Civil del Código de Comercio y leyes especiales. Jurisprudencia.
- Antecedentes extranjeros. Legislación en Estados Unidos de Norteamérica, en Inglaterra, en Japón, en la Provincia de Quebec (Canadá), en Alemania, en las Comunidades españolas: referencia a su legislación foral. Especial desarrollo de la nueva legislación española e italiana.
III) Contenido del Derecho de Autoprotección.
- Distinción entre contenido y forma. Disposiciones y estipulaciones. Incumbencia notarial. Ventajas de la escritura pública. Necesidad de la presencia interdisciplinaria. Referencia a las previsiones que pueden adoptarse.
IV) El derecho de Autoprotección y su registración. Su Reglamentación en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires: documentos que recepta.
DOCENTES: Luis LLORENS y Nelly TAIANA de BRANDI
DIRECTORA: Zulma A. DODDA
SEDE Y HORARIO: Se desarrollará en la sede de la Delegación Pergamino del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, Florida 831, T.E. (02477) 42-3971, fax 43-1624, [email protected] el 10 de Mayo de 20 a 22 horas.
INFORMES E INSCRIPCIÓN: En la sede de la Delegación. Cumpliendo los respectivos requisitos, se otorgarán certificados de asistencia y se procederá a su inclusión en el Registro de Antecedentes Académicos. VACANTES LIMITADAS