Tramitar la Posesión Efectiva ahora es más fácil.
- 27/07/2004
- Chile
El nuevo procedimiento para otorgar posesiones efectivas, vigente desde abril de 2004, facilita dicho trámite que ahora puede hacerse en las oficinas del Registro Civil y de manera más expedita. La norma, expresada en la Ley N° 19.903, permite que las sucesiones intestadas (es decir, que no están especificadas en un testamento) se tramiten mediante un formulario confeccionado por el Registro Civil donde se deben detallar los bienes y valores de la persona fallecida y los nombres de los herederos. Esta tarea incluso puede hacerse electrónicamente, y el personal del Registro Civil está instruido para dar todas las facilidades y ayudas para completar los formularios. El trámite es gratuito siempre y cuando el total de las sucesiones no supere el valor de 15 UTM. Si los bienes en cuestión superan ese valor, el procedimiento de posesión efectiva puede costar entre 1,6 y 2,5 UTM. Publicado el 21/07/04.