Tribunal de Superintendencia del Notariado. Sanción de suspensión. Actividad de intermediación financiera. Elementos.

Sumario: Sanción de suspensión. Actividad de intermediación financiera De los llamados "Certificado de crédito hipotecario" surge que las renovaciones eran concertadas sólo por los sumariados, sin que mediara ninguna constancia instrumental por escritura pública, como lo exige el art. 1184, inc. 10, del Código Civil. (Voto de los Sres. Jueces Alicia E. C. Ruiz, José Osvaldo Casás y Ana María Conde).

*Esta es una publicación oficial preparada por funcionarios y empleados del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos según lo entendido por los encargados de esta publicación, pero no constituyen afirmación de hecho o de derecho ni opinión jurisdiccional.
Fuente: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.